A- de 2025
Ponente Lina Marcela Escobar Martínez
✓Demandante Idear·Demandado Gestion Y Consultoria Ambiental Ltda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto objetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 005 Administrativo de Arauca, suscitado por una demanda ejecutiva con garantía real de mínima cuantía presentada por el Instituto de Desarrollo de Arauca – IDEAR, en contra de la sociedad Gestión y Consultoría Ambiental LTDA – GEYCAM LTDA., con el fin de hacer efectiva la garantía hipotecaria constituida a su favor, sobre un valor contenido en un pagaré que respalda una obligación que no ha sido cumplida.
Al analizar el cumplimiento de los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena observa que, en el presente asunto, no se encuentra acreditado el elemento objetivo.
De las actuaciones procesales, se tiene que el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca dictó sentencia anticipada dentro del proceso, en la cual declaró no probadas las excepciones de mérito, ordenó continuar con la ejecución, instó a las partes a presentar la liquidación del crédito y condenó a los demandados al pago de las costas procesales.
En ese sentido, la causa judicial que inicialmente impulsó el proceso litigioso dejó de subsistir, y por esto, al carecer de causa judicial, no se acredita en el caso concreto el elemento objetivo.
La Sala Plena se inhibe de resolver el conflicto y remite el asunto de vuelta al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 005 Administrativo de Arauca.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-6598 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados y al Juzgado 005 Administrativo de Arauca.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.